CERTIFICACIÓN REMOTA DE SUPERVIVENCIA
A fin de tramitar su certificado de supervivencia - fe de vida de forma remota, deberá enviar por correo electrónico a jubyleg_cmadr@mrecic.gov.ar o por correo postal a la dirección C/ Fernando el Santo Nº 15, 28010 Madrid, la siguiente documentación:
1.- Formulario de solicitud (se adjunta más abajo);
2.- Certificado o fe de vida emitido por autoridad competente;
3.- Copia de:
a.- Si es argentina/o: DNI argentino vigente, exclusivamente (no puede ser suplido por NIE o DNI español)
b.- Si es extranjero: DNI o pasaporte de su nacionalidad y/o DNI argentino para extranjeros.
A criterio consular, podrá requerirse documentación adicional.
No se realizarán certificaciones que no cumplan con la documentación solicitada.
Una vez recibida la documentación, la tramitación del certificado se estima en diez días hábiles. El Consulado no responderá correos electrónicos consultando sobre el estado del trámite.
Tenga en cuenta que:
1.- Quienes cobren por ANSES en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA SUCURSAL EXTERIOR (BANCO NACIÓN MADRID) o ANSES en cualquier OTRO BANCO SUCURSAL EXTERIOR, NO RECIBIRÁN comprobante del certificado pues el Consulado cuenta con acceso al Sistema ANSES y la certificación se realiza el día en que se recibe la documentación. Conforme normativa vigente, una vez el Consulado realiza la certificación en Sistema ANSES, la habilitación para el cobro del haber previsional es automática, sin necesidad de presentar ni enviar a otras entidades documentación adicional alguna.
EN NINGÚN CASO SE ENVIARÁ EL CERTIFICADO POR CORREO.
2.- Quienes cobren por el Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS), sin importar el Banco donde se les deposite la liquidación mensual, NO RECIBIRÁN comprobante del certificado de supervivencia / fe de vida. El Consulado envía semanalmente una comunicación oficial al IPS, con copia a la Cancillería Argentina, detallando los certificados de supervivencia / fe de vida realizados en la semana. Conforme normativa vigente, una vez el Consulado informa a IPS la certificación, la habilitación para el cobro del haber previsional es automática, sin necesidad de presentar ni enviar a otras entidades documentación adicional alguna.
EN NINGÚN CASO SE ENVIARÁ EL CERTIFICADO POR CORREO.
3.- Quienes cobren por ANSES, en SUCURSALES BANCARIAS EN ARGENTINA y/o por ENTIDADES DIFERENTES DE ANSES / IPS (Cajas profesionales; otros institutos provinciales, fuerzas de seguridad, etc), recibirán un documento que acredita que realizaron el trámite de SUPERVIVENCIA mediante un DOCUMENTO DIGITAL (ARCHIVO PDF) MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO. Ese documento firmado digitalmente por el Cónsul interviniente es el documento que se debe presentar DIGITALMENTE (POR CORREO ELECTRÓNICO) ante las entidades en la República Argentina para poder cobrar sus haberes mensuales. El trámite se realiza en un plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la documentación en el Consulado hasta el envío del correo electrónico con el documento digital adjunto.
IMPORTANTE: No se realizarán certificaciones si no se presenta la totalidad de la documentación solicitada.
Recuerde que para tramitar su certificado en el Consulado General de la Argentina en Madrid, debe residir en la jurisdicción del Consulado.
Se informa asimismo que el certificado de supervivencia y la certificación de firma son gratuitos ÚNICAMENTE PARA TRÁMITES JUBILATORIOS ARGENTINOS. En todos los demás casos, se deberá abonar la tasa correspondiente.
Se recuerda que no se realizan trámites sin cita previa, con excepción de los días expresamente informados en la página web del Consulado.
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