Consulado General en Madrid

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Otros trámites

Poderes Actos notariales

Fecha de actualización: 11/11/2021

 

Poderes y actos notariales
 

Requisitos para otorgar un poder ante el Consulado.

 

 

1. Ser mayor de edad (18 años).

 

2. Minuta de la escritura (texto borrador), preferentemente en hoja con membrete y/o firma del abogado o escribano en Argentina. A efectos de agilizar el trámite, enviarlo también por correo electrónico en formato que se pueda editar (Word).

 

En los poderes relativos a bienes inmuebles o bienes muebles registrables y ante todo tipo de gestiones directas o indirectas ante la AFIP sólo serán válidos para su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, los poderes otorgados por este Consulado.

Aportar fotocopia de la escritura o título de propiedad (p. ej. Declaratoria de herederos), consignando la información catastral completa y demás datos del dominio.

 

3. Datos del otorgante: nombre completo, DNI (fotocopia de las dos primeras hojas, y páginas donde figuran el estado civil y el último domicilio), datos filiatorios y de estado civil (datos completos), domicilio[1], nacionalidad.[2] Consignar número de CUIT, CUIL o CDI. Indicar también números de teléfono de contacto y mail.

 

 

4. Nombre completo y DNI del/los apoderado/s en Argentina, y demás datos pertinentes de la/s persona/s respecto de quien/es se realiza la escritura. En el caso de letrados, consignar datos de colegiatura (Tomo, Matrícula y Colegio)

 

Presentar los datos y minuta requeridos en el Consulado para verificación. Luego de recibidos todos los elementos, se fija una cita para la firma de la escritura.

 

Arancel consular:
Escritura: 40 € cada 25 renglones o fracción en foja notarial; 
Testimonio: 40 € cada 25 renglones o fracción en foja notarial.
 

 

 

 

 

 

 

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular