PARTIDAS DEL REGISTRO CIVIL
PARTIDAS DEL REGISTRO CIVIL ARGENTINO
Las Partidas del Registro Civil (matrimonio, nacimiento, defunción, etc.) no pueden solicitarse en los Consulados argentinos ni a través de los Consulados argentinos.
Toda solicitud de Partidas del Registro Civil argentino puede ser efectuada de modo personal por el propio interesado o por algún familiar, allegado o gestor directamente ante el Registro Civil. Además, las solicitudes de Partidas del Registro Civil pueden efectuarse por internet, de acuerdo con la información que se brinda debajo:
ACTOS REGISTRADOS EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
El interesado puede solicitar su Partida a través del siguiente enlace: CIUDAD DE BUENOS AIRES - SOLICITUD DE PARTIDAS
Las Partidas solicitadas al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son emitidas en soporte digital (PDF) y con firma digital. Asimismo, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires envía las Partidas en soporte papel al Consulado con jurisdicción sobre el domicilio del solicitante, siempre y cuando éste así lo indique al momento de efectuar la solicitud. Además, si el interesado requiere que la Partida se encuentre apostillada, puede indicarlo al momento de efectuar la solicitud online.
ACTOS REGISTRADOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
El interesado puede solicitar su Partida a través del siguiente enlace: PROVINCIA DE BUENOS AIRES - SOLICITUD DE PARTIDAS
Las Partidas solicitadas al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires son emitidas únicamente en soporte digital (PDF) y con firma digital. El apostillado de estas Partidas debe ser gestionado indefectiblemente de manera presencial a través de un tercero que se encuentre en la Argentina, quien deberá imprimir la Partida que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires le envíe (en soporte digital) y efectuar el trámite de apostillado ante alguna de las autoridades habilitadas para ello (Cancillería Argentina o Colegio de Escribanos).
ACTOS REGISTRADOS EN ALGUNA DE LAS RESTANTES 22 PROVINCIAS DEL PAÍS
El interesado puede solicitar su Partida a través del siguiente enlace: MINISTERIO DEL INTERIOR - SOLICITUD DE PARTIDAS
Las Partidas que correspondan a alguna de las restantes 22 provincias del país y solicitadas al Ministerio del Interior son emitidas únicamente en soporte papel y enviadas al Consulado con jurisdicción sobre el domicilio del solicitante. Si el interesado requiere que la Partida se encuentre apostillada, deberá indicarlo al momento de efectuar la solicitud online.
IMPORTANTE: SOBRE APOSTILLADO DE PARTIDAS DEL REGISTRO CIVIL ARGENTINO
Recuerde que las oficinas consulares argentinas no están habilitadas para legalizar ni apostillar documentos públicos argentinos. Por lo tanto, si necesita que una Partida del Registro Civil argentino esté intervenida con la Apostilla de La Haya, es imprescindible que lo gestione al momento de solicitarla o previo a que le envíen la Partida a su domicilio en el exterior.
Las autoridades argentinas habilitadas para intervenir documentación argentina con la Apostilla de La Haya son las siguientes:
- La Cancillería Argentina, a través de la Unidad de Coordinación de Legalizaciones: MREC - APOSTILLA
- Los Colegios de Escribanos que componen el Notariado Federal: CFNA
IMPORTANTE: SOBRE ENTREGA DE PARTIDAS ENVIADAS AL CONSULADO
Las Partidas del Registro Civil solicitadas al Ministerio del Interior y/o al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y que se reciben en formato papel en nuestras oficinas pueden ser retiradas por el titular de la documentación presentandose sin cita previa en horario habitual de atención (de 08:30 hs. a 14:00 hs.), con documentación identificatoria.
En caso de que el titular de la documentación no pueda retirarla de manera personal, aquella podrá ser retirada exclusivamente por algún familiar directo (cónyuge, padres, hijos o hermanos), debiendo presentar: a) autorización de puño y letra con DNI, firma y aclaración del titular; y b) documentación que acredite el vínculo familiar invocado (libreta de familia, partida de nacimiento, etc.).
En aquellos casos en que la Partida se encuentre intervenida con la Apostilla de La Haya, al momento de retirarla de nuestras oficinas se deberá abonar el arancel correspondiente a dicha intervención: Pesos Argentinos (ARS) 300,00.- (a abonar en EUR al tipo de cambio vigente al día del pago).