Requisitos y forma de tramitar el otorgamiento de un poder notarial ante el Consulado.
1. Ser mayor de edad (18 años).
2. Enviar por correo electrónico minuta de la escritura (texto borrador en formato word NO PDF), preferentemente en hoja con membrete y/o firma del abogado o escribano de Argentina.
En los poderes relativos a bienes inmuebles o bienes muebles registrables y ante todo tipo de gestiones directas o indirectas ante la AFIP sólo serán válidos para su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble los poderes otorgados por este Consulado.
3. Enviar por correo electrónico fotocopia de la escritura o título de propiedad (p. ej. Declaratoria de herederos), consignando la información catastral completa y demás datos del dominio.
4. Consignar en el mensaje de correo electrónico los datos del otorgante: nombre completo, número DNI, datos filiatorios (nombres de los padres) y de estado civil (datos completos), domicilio[1], nacionalidad.[2] Consignar número de CUIT, CUIL o CDI. Indicar también números de teléfono de contacto y mail.
5. Enviar por correo electrónico copia del DNI (ambas caras). Es requisito que el DNI argentino tenga asentado domicilio en la jurisdicción de este Consulado. De no tener asentado este domcilio, el interesado deberá previamente realizar el trámite de cambio de domicilio (para obtener cita para realizar el trámite de cambio de domicilio deberá ingresar al sitio web del sistema de turnos para tramitar DNI y pasaporte).
6. Nombre completo y número de DNI del/los apoderado/s en Argentina. En el caso de letrados, consignar datos de colegiatura (Tomo, Matrícula y Colegio).
7. Enviar por correo electrónico copia de DNI de apoderados (ambas caras), y en caso de letrado enviar copia de DNI (ambas caras) y de matrícula profesional.
Arancel consular:
A. Escritura: 40 € cada 25 renglones o fracción en foja notarial (*)
(*) IMPORTANTE: al transcribir la minuta la cantidad de renglones del formato de foja notarial resultante no coincidirá con la cantidad de renglones de la minuta o borrador).
B. Primer Testimonio para el interesado: 40 € cada 25 renglones o fracción en foja notarial
La dirección de correo electrónico donde debe enviarse la solicitud con la documentación indicada es notariales2_cmadr@mrecic.gov.ar
Una vez cotejada la documentación recibida en un plazo estimado de entre sesenta y noventa días, se contactará al solicitante por correo electrónico a la dirección remitente de la solicitud para fijar una cita para la firma de la escritura.
Las consultas sobre poderes notariales deben enviarse a la misma dirección de correo electrónico indicada arriba.
NOTA: los poderes notariales otorgados por este Consulado no requieren Apostilla de la Haya para surtir plenos efectos en la República Argentina. Los poderes notariales se habilitan electrónicamente (Decreto Nº 1101/2016).
Importante: no es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite que se realiza ante este Consulado General