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Qué puede hacer el Consulado

El Consulado puede:

- Orientarlo en materia de asistencia jurídica, médica, notarial, etc.
 
- Asistir a personas accidentadas.
 
- Otorgar Pasaportes.
 
- Asistir a parientes o personas allegadas que hayan sufrido accidentes o fallecimientos catástrofes y, brindarles asesoramiento.
 
- Interesarse por los connacionales detenidos o en prisión y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes.
 
- Asegurar que el ciudadano tenga defensa en un juicio.
 
- Solicitar el paradero de personas a las autoridades locales.
 
- Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
 
- Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
 
- Procurar comunicarse con familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.
 
- Velar por los intereses de argentinos menores o incapaces, particularmente en lo referido a la institución de la tutela o curatela.
 
- Realizar opción de Nacionalidad de menores residentes en el exterior.
 
- Autorizar todos los actos que pueden efectuar los Escribanos Públicos, especialmente legalizaciones.

 

Consultas:  info_cmadr@mrecic.gov.ar  

Importante: no es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite que se realiza ante este Consulado General

 

 

Fecha de actualización: 09/08/2024